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Pleno 10-05-2012

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AYUNTAMIENTO DE LA NAVA DE SANTIAGO

ACTA DE LA   SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LA NAVA DE SANTIAGO, CELEBRADA

el   10 de MAyo de 2012

Hora de celebración: 20,30 horas

Lugar: Casa Consistorial de LA NAVA DE SANTIAGO

Tipo de Sesión: EXTRAORDINARIA

Convocatoria: PRIMERA

Señores Asistentes:

ALCALDESA:

- Dª Mª ANGELES CORTES SANCHEZ

CONCEJALES:

- D. AGUSTIN RUEDA GIRALDO

- D. JOSE DEL POZO CORCHO

- D. FERNANDO DEL CAÑO CORTES

- D. JACINTO SANTISTEBAN RIOLA

- Dª ISABEL Mª VILLALOBOS VIZCAINO

- D. AGUSTIN GARCIA RUEDA

- D. EMILIANO CORTES RUEDA

-D. AGUSTIN ROMERO SANTISTEBAN

Secretario: 

- RAFAEL ESCRIBANO MEDIERO

Ausentes:

-  

Excusaron su asistencia:

-

En La Nava de Santiago a 10 de mayo de 2.012. Siendo las 20,35 horas del día indicado, se reúnen en el Salón de Pleno del Ayuntamiento los señores concejales anteriormente mencionados, asistidos por el Sr. Secretario D. RAFAEL ESCRIBANO MEDIERO, con la finalidad de celebrar sesión extraordinaria del Ayuntamiento de La Nava de Santiago, para la que habían sido previamente convocados.

PUNTO UNICO.- LECTURA Y APROBACION ACTAS SESIONES DE FECHA 5 Y 29 DE MARZO DE 2012.

Declarada abierta la sesión, el Señor Presidente pregunta a los señores reunidos si existe alguna objeción a los borradores de las actas correspondiente a la sesiones de fecha 5 y 29 de marzo de 2012, sin que exista ninguna.

A continuación, es sometido a la aprobación de los señores asistentes el borrador del acta correspondiente a la sesión de fecha 5 de marzo, acordando aprobarla por unanimidad y por mayoría absoluta el borrador del acta de 29 de marzo, tras la abstención del Grupo político PSOE ya que no asistieron a la misma.

El Grupo PSOE manifiesta que la sesión del 29 de marzo podría haberse cambiado de fecha, ya que coincidió con la huelga general.

La Sra. Alcaldesa responde que no se pudo demorar debido a la premura de los plazos que nos fijaban para la aprobación del préstamo

PUNTO SEGUNDO.- APROBACION OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO 31 DE DICIEMBRE 2011. Real decreto Ley 4/2012.

Antecedentes:

Una vez aprobado el Plan de Ajuste con fecha 30 de abril de 2012, los ayuntamientos tenemos un plazo hasta el 15 de mayo para la aprobación de la operación de Crédito.

El acuerdo deberá ser tomado de forma genérica, en lo que respecta a las entidades con la que se llevará a cabo la formalización del préstamo, ya que estas serán asignadas por el ICO (instituto de crédito oficial).

En cuanto a las condiciones, el tipo en principio será del 5,9 % y el periodo de amortización de 10 años, (2 de carencia).

Una vez aprobado el préstamo, el Ayuntamiento no tendrá que realizar ninguna actuación, ya que la entidades de crédito que hayan llegado a un acuerdo con el ICO, se pondrán en contacto con el Ayuntamiento para la formalziación del préstamo – entre el 16 y 25 de mayo-.

Tras la firma del crédito no será necesario que los proveedores acudan a las entidades financieras, ya que recibirán directamente las transferencias en las C/C que hayan indicado al aceptar el procedimiento sobre reconocimiento de las deudas.

El abono de las deudas tendrá lugar a partir del 30 de mayo.

El importes de las deudas certificadas por este Ayuntamiento ascienden en un principio a la cantidad de 262.940,13 €.

A esta suma habría que añadir 2 facturas reclamadas posteriormente que son:

1.- José Damián Sánchez Martin –abogado-, por importe de 12.760 € (ejercicio 2007). Concepto: Juicio Contencioso-Administrativo ( UYADLA.)

2.- Montajes eléctricos Alonso García S.L, por importe de 8.000,52 €. (Ejercicio 2007). Concepto Grupo electrógeno salón juvenil.

Dª Mª Isabel Villalobos manifiesta que:

Con respecto a la factura del abogado, no se abonó por que se consideró que la minuta era excesiva, y por eso se pidió informe al decanato del Colegio de abogados para que se manifestaran al respecto.

Con respecto a la factura de Alonso García tampoco se le abono por que se le dijo que se lo llevara, ya que no hacía falta, además de que no era un gasto ocasionado por ella. Tampoco presentó factura reclamando dicho gasto.

Finalmente la Sra. Alcaldesa manifiesta que sobre la relación pormenorizada de las obligaciones contraídas les será facilitada una copia al Grupo PSOE para que tengan conocimiento de las mismas.

El Pleno, de conformidad con lo establecido en el art. 10 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determina obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales,

ACUERDA por unanimidad -mayoría absoluta- el siguiente acuerdo:

Primero: Aprobar la solicitud de concertación de la operación de endeudamiento a largo plazo para financiar las obligaciones de pago abonadas en el mecanismo.

Las condiciones financieras serán las fijadas por acuerdo de la Comisión delegada del Gobierno para asuntos económicos.

Segundo.- Facultar a la Sra. Alcaidesa tan ampliamente como en derecho proceda , para la realización de todos cuentos tramites fueran necesarios o convenientes en orden a la ejecución de lo acordado, así como para otorgar en su día , los correspondientes documentos de formalización.

PUNTO TERCERO.- MODIFICACION ORDENANZA TASA BASURA DOMICILIARIA.-

Se somete a consideración del Pleno, el expediente tramitado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 39/88, de 28 de diciembre Reguladora de las Haciendas Locales, y Ley 25/1998, de 13 de julio, referente a la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de la Basura Domiciliaria.

En el estudio económico realizado sobre la prestación del servicio se produce el siguiente déficit

Ingresos: 22.990 €

Gastos: 36.800 €

Déficit: 13.810 €

Se abre el oportuno debate, en el que el Grupo Políticos PSOE muestra su abstención a la modificación, procediéndose a continuación a la aprobación por mayoría absoluta (P.P), de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Se acuerda aprobar por mayoría absoluta, con carácter provisional la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE BASURA DOMICILIARIA

Cuota Tributaria:

  •  Viviendas: 10 €/bimensual
  •  Industrias: 12 €/bimensual
  •  Viviendas temporadas: 5 €.

SEGUNDO.- Darle al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

TERCERO.- En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art.17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.

PUNTO CUARTO.- MODIFICACION ORDENANZA TASA PISCINA MUNICIPAL.-

Se somete a consideración del Pleno, el expediente tramitado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 39/88, de 28 de diciembre Reguladora de las Haciendas Locales, y Ley 25/1998, de 13 de julio, referente a la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa Piscina Municipal.

En el estudio económico realizado sobre la prestación del servicio se produce el siguiente déficit

  1. INGRESOS: 9.250 €
  2. GASTOS: 12.957 €

DEFICIT: 3.398 €

Se abre el oportuno debate, en el que el Grupo Político PSOE muestra su abstención a la modificación, procediéndose a continuación a la aprobación por mayoría absoluta (P.P), de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Se acuerda aprobar por mayoría absoluta, con carácter provisional la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PISCINA MUNICIPAL

Cuota Tributaria:

TARIFA ACTUAL TARIFA PROPUESTA

Días laborables

Niños (5 a 15) 1 € 1.30 €

  1. Adultos1.80 €2 ,00 €

Sábados y festivos

Niños (5 a 15 ) 1.50 € 2,00 €

  1. Adultos2,00 €2,50 €

ABONOS

Mensuales

Niños (5 a 15 ) 15,00 € 18,00 €

  1. Adultos27,00 €30,00 €

Temporada

Niños (5 a 15 ) 25,00 € 30,00 €

  1. Adultos50,00 €55,00 €

Quincenales

Niños (5 a 15 ) 12,00 € 15,00 €

  1. Adultos15,00 €18,00 €

SEGUNDO.- Darle al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

TERCERO.- En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art.17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.

Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 21.00 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa, de lo que yo el Secretario, DOY FE.

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